INFORME DE EVALUACION DEL EDIFICIO
En el real decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, obligando a la realizacion de informe evaluacion edficios para edificaciones con un antiguedad de 50 años desde 2013, es decir los construidos en el año 1963 , y tiene la obligacion de pasarlo antes de diciembre de 2018,
Tambien es necesario el informe de evaluación de edificio para todos aquellos edificios que tenga previsto solicitar algun tipo de subvención para la rehabilitación del edificio o su mejora de eficiencia energetica.
El Informe evaluacion edificio comprende varios tipos de actuaciones, desde la ITE del edificio, el certificado energetico del edificio y la observacia en especial de los apartados de accesibilidad regulados por el CTE de la edificación
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